CARTA Y MENSAJE DE NUESTRO DIRECTOR

El tejido empresarial se encuentra actualmente afectado por una creciente producción normativa y por una amplia presión regulatoria.

Tras diversos momentos complicados, crisis de confianza en las instituciones y en los agentes sociales, comportamientos de dudosa moralidad y situaciones alejadas del nivel de responsabilidad exigible a las organizaciones, la sociedad actual no demanda únicamente el mero cumplimiento de la legalidad vigente, sino que dicho cumplimiento se lleve a cabo bajo el paraguas de unos sólidos principios, valores y estándares éticos.

Ánimo de lucro y comportamiento diligente, es decir, crecimiento empresarial y actuación ética, no deben configurarse como aspectos que recorren direcciones opuestas, sino como elementos que convergen en unos criterios inspiradores que deberán guiar las acciones de todos y cada uno de nosotros y, por ende, las de “Pranarôm” como conjunto y organización.

Por todo ello, el presente Código Ético recoge los principios, valores y normas de conducta que deben sustentar cada actuación, cada conducta, cada toma de decisión, conscientes de que nuestro comportamiento es el fiel reflejo de la marca y de la imagen de “Pranarôm” y, por tanto, el eje en torno al cual gira el juicio reputacional que llevarán a cabo clientes, proveedores, entidades financieras, Administraciones Públicas, competidores, acreedores, colaboradores, socios de negocio y otros terceros, así como el mercado y la sociedad en su conjunto.

Para finalizar, os invito a realizar una lectura detallada del Código Ético, cuyo contenido se resume en el lema “hacer lo correcto”, que supone un esfuerzo constante de todos y cada uno de nosotros para la consecución de un alto grado de honestidad, excelencia profesional y ética corporativa, pues solo de esta forma se pueden construir proyectos empresariales exitosos, sostenibles y duraderos.

Germán Pujol

1.- INTRODUCCIÓN

El presente “Código Ético” establece los valores fundamentales, los principios rectores y las normas de conducta que deben guiar la actuación y el comportamiento de todos los profesionales de Pranarôm España S.L.U. (en adelante, “Pranarôm”), desde los miembros de la alta dirección y los administradores, hasta los empleados, pasando por los puestos de gerencia y los mandos intermedios.

Las exigencias del tráfico económico actual no se centran únicamente en el cumplimiento de la legalidad vigente. Clientes, proveedores, entidades financieras, Administraciones Públicas, competidores, acreedores, colaboradores, socios de negocio y otros terceros, así como el mercado y la sociedad en su conjunto (en adelante “grupos de interés” o “stakeholders”), demandan de las empresas y organizaciones la consecución de altos estándares éticos para el adecuado desarrollo de las relaciones y de los vínculos comerciales y de cualquier otra índole.

Por tanto, el mero cumplimiento de la ley no es suficiente, sino que se requiere que este cumplimiento se lleve a cabo de una manera ética, es decir, sobre la base de diferentes valores, principios y normas de conducta que deben inspirar el comportamiento de cada profesional y que, por tanto, deben ser el reflejo de una ética común inherente a la propia empresa u organización.

Por tanto, desde “Pranarôm” manifestamos nuestro firme compromiso con una cultura corporativa basada en sólidos estándares éticos, en virtud de la cual todos y cada uno de nosotros tenemos el deber y la obligación de cumplir con las reglas establecidas en el presente “Código Ético”, contribuyendo de esta forma al éxito colectivo de la empresa, a través del impulso de nuestra marca en el mercado y del mantenimiento de una buena reputación, la cual se configura como un recurso intangible de carácter esencial para la atracción y el mantenimiento del talento, la fidelidad de los clientes, la relación con los proveedores o la confianza y credibilidad ante las entidades financieras, las Administraciones Públicas, los competidores, los acreedores, los colaboradores, los socios de negocio y el mercado y la sociedad en su conjunto.

De esta forma, todos los profesionales debemos ser parte activa en nuestro compromiso de respetar y preservar, cada día y con cada actuación, la marca “Pranarôm”, conscientes siempre de la dificultad y el gran esfuerzo que supone para las empresas y organizaciones la adquisición de una buena reputación y, asimismo, de la facilidad con que dicha reputación podría verse negativamente afectada en caso de realización de acciones o de toma de decisiones que no estén alineadas con los más altos estándares éticos y de comportamiento.

Por ello, mediante el presente “Código Ético” y sus políticas, procedimientos e instrucciones internas de desarrollo y ejecución, “Pranarôm” refuerza su compromiso con un comportamiento ético que suponga la puesta en valor de nuestro estilo de trabajo, nuestra manera de actuar, nuestra toma decisiones y nuestro modo de relacionarnos con los stakeholders de la empresa.

2.- FINALIDAD Y OBJETIVOS

El presente “Código Ético” tiene como finalidades y objetivos fundamentales los siguientes:

  • Establecer los valores fundamentales, los principios rectores y las normas de conducta que deben regir la actuación y el comportamiento de los profesionales de “Pranarôm”, es decir, los estándares éticos que actuarán como patrones que deben guiar nuestro modo de proceder y nuestra cultura corporativa.
  • Prevenir cualquier violación, infracción o incumplimiento de la legalidad vigente, del presente “Código Ético” o de sus correspondientes políticas, procedimientos o instrucciones internas de desarrollo y ejecución, lo cual podría generar a “Pranarôm” graves perjuicios, no solo desde un punto de vista legal o económico, sino también de afectación de nuestra marca, imagen y reputación.
  • Fomentar entre nuestros grupos de interés unas pautas de comportamiento que sean coherentes y que estén alineadas con los valores fundamentales, los principios rectores y las normas de conducta de “Pranarôm”, promoviendo el desarrollo y la puesta en marcha de programas de ética y de cumplimiento y garantizando su adhesión a nuestro “Código Ético”.

3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente “Código Ético” resultará de obligado cumplimiento y de aplicación directa a todos los profesionales de “Pranarôm”, con independencia de:

  • Su tipología de contrato.
  • Su ubicación geográfica.
  • Las funciones realizadas.
  • Su posición jerárquica o rol ostentado dentro de la organización.

De esta forma, los profesionales de “Pranarôm” deberán manifestar su compromiso con el cumplimiento de los valores fundamentales, los principios rectores y las normas de conducta de nuestro “Código Ético”, para lo cual se incorpora como “Anexo I” el correspondiente Documento de Adhesión que deberá ser firmado anualmente y, en todo caso, cada vez que tenga lugar una modificación o actualización de los contenidos del “Código Ético”.

4.- VALORES FUNDAMENTALES

4.1.- Integridad

Los profesionales de “Pranarôm” deben desarrollar sus actividades actuando con honestidad y honradez en sus relaciones con los grupos de interés y, especialmente, con sus compañeros y resto de profesionales.

En ningún caso se tolerarán conductas que, tratando de alcanzar intereses o beneficios para “Pranarôm”, supongan o impliquen actuaciones deshonestas.

4.2.- Compromiso de calidad y profesionalidad

La prestación de servicios de calidad no implica solo un rigor técnico en la actividad de los profesionales, sino un compromiso constante de responsabilidad, dedicación, lealtad y búsqueda de la excelencia.

Esta exigencia de calidad requiere que todos los miembros de “Pranarôm” reciban formación suficiente en el ámbito de sus respectivas atribuciones, al objeto de que el cliente obtenga en todo momento una respuesta valida y eficaz, conforme a sus necesidades.

Asimismo, todos los profesionales deberán cumplir diligentemente con las tareas asignadas o encomendadas, tratando de aportar el máximo valor y actuando siempre con espíritu colaborativo.

4.3.- Confidencialidad

Toda la documentación e información de la que tengan conocimiento los profesionales de “Pranarôm”, ya sea verbal o escrita, ya sea de clientes o relativa al know-how interno, se tratará con absoluta confidencialidad, alcanzando este deber a todos los asuntos de los que conozcan los profesionales en todos sus ámbitos de actuación.

4.4.- Respeto por la integridad de las personas y los derechos humanos

El comportamiento de los profesionales de “Pranarôm” con sus compañeros y con los stakeholders deberá estar basado en principios de dignidad y respeto, conscientes de que representan la imagen pública de la empresa.

Asimismo, “Pranarôm” llevará a cabo su actuación y desarrollará sus actividades con absoluto respeto a la Declaración Universal de Derechos Humanos.

5.- PRINCIPIOS RECTORES

5.1.- Actuación lícita y principio de legalidad

“Pranarôm” asume el compromiso de llevar a cabo sus actividades de acuerdo con la legislación en vigor en todas las geografías y en todos los ámbitos de actuación en los que se desempeñe.

En consecuencia, los profesionales deben rechazar cualquier práctica ilegal, adoptando el máximo esfuerzo y compromiso con el cumplimiento de la legalidad vigente.

5.2.- No discriminación e igualdad de oportunidades

“Pranarôm” fomenta la creación de un entorno de trabajo donde todos los profesionales sean tratados con imparcialidad, respeto y dignidad, garantizando la libertad sexual y prestando especial atención al impulso de un trato justo y de la igualdad de oportunidades.

Por tanto, la empresa no tolerará ninguna discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, orientación sexual, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Asimismo, a nivel interno se establecerán las correspondientes políticas o planes de igualdad, con el objetivo de implantar en “Pranarôm” medidas destinadas a alcanzar de forma real y efectiva la igualdad en todas sus vertientes, así como a remover los obstáculos que impiden su consecución.

5.3.- Tolerancia cero frente al acoso

“Pranarôm” muestra su absoluto rechazo ante cualquier comportamiento o actitud que pudiese atentar contra la dignidad de las personas o que, directa o indirectamente, pudiera constituir un comportamiento o actitud de acoso, en cualquiera de sus múltiples formas (sexual, por razón de sexo, laboral, moral, etc.).

En esta esfera, resultará de aplicación la normativa interna establecida al efecto, que determinará el modo de proceder ante posibles situaciones susceptibles de ser consideradas como acoso.

6.- NORMAS DE CONDUCTA

6.1.- Calidad y seguridad de nuestros productos

“Pranarôm” considera la calidad y seguridad de sus productos como el punto de partida para proceder a su fabricación y comercialización.

Por ello, manifestamos nuestro absoluto compromiso con el cumplimiento de todos los requisitos legislativos que se establezcan para garantizar la conformidad de nuestros productos, tanto los requeridos por las normas nacionales como aquellos que se deriven de normas comunitarias o internacionales.

La calidad y la seguridad de nuestros productos se configuran como elementos de vital importancia para la adquisición, consolidación y conservación de un elevado grado de confianza y fidelidad por parte de nuestros clientes, así como para el impulso de nuestra marca en el mercado y el mantenimiento de un alto nivel reputacional.

Conscientes de lo anterior, todos nuestros productos han superado los preceptivos controles y testeos de calidad y seguridad, garantizándose su eficacia mediante rigurosos métodos y procesos de evaluación.

6.2.- Prevención del soborno, la corrupción y el fraude

Nuestra misión es mantener un nivel de transparencia total en las relaciones con nuestros stakeholders.

Al respecto, determinadas actuaciones llevadas a cabo de manera incorrecta podrían dar lugar a prácticas de corrupción o soborno, en base al riesgo de que, mediante éstas, se ejecute un objetivo de influir en la otra parte, modificando la voluntad de la misma con la intención de obtener de ella una contraprestación o beneficio no justificados.

Por ello, “Pranarôm” tiene como uno de sus objetivos ineludibles combatir de manera activa cualquier práctica corrupta en la que se pudiere incurrir, la cual supone, no solo una vulneración de las normas de nuestro ordenamiento jurídico, sino también una falta de alineamiento con los patrones y estándares éticos de la organización.

A nivel global, los Estados velan porque se impongan sanciones eficaces, proporcionadas y disuasivas a las empresas y organizaciones responsables de actos de corrupción, por lo que la puesta en marcha de medidas preventivas en este ámbito evitará modos de proceder que podrían ser constitutivos de actos de corrupción y soborno y que, por ende, podrían dar lugar incluso a la comisión de determinados ilícitos penales, los cuales pueden suponer un grave riesgo para la imagen y reputación de “Pranarôm”.

Al respecto, deben tenerse en cuenta ciertas peculiaridades o rasgos definitorios que caracterizan las conductas de soborno:

  • Aunque tradicionalmente el soborno se asocia con funcionarios o autoridades públicas, también se da entre particulares.
  • El beneficiario del soborno puede ser una persona física o una persona jurídica.
  • Para que exista soborno basta con una simple promesa, ofrecimiento o aceptación, sin que sea necesaria la concesión material o entrega efectiva de la dádiva o retribución.
  • La dádiva o retribución propia del soborno puede ser monetaria o de otra índole, tales como por ejemplo regalos, comidas, espectáculos, viajes, ocio, donaciones, patrocinios, etc.
  • En el caso concreto del soborno pasivo, debe tenerse en cuenta que dicho soborno existirá, igualmente, aunque el beneficiario del mismo sea una persona diferente de aquella que recibe, solicita, admite o acepta, de forma directa o indirecta, la dádiva o retribución.

En desarrollo de lo anteriormente expuesto, “Pranarôm” establece una política anticorrupción, la cual, a su vez, será desarrollada y ejecutada por diversas políticas internas que, de manera detallada, contemplan las diferentes situaciones que pueden suponer una exposición a riesgos de corrupción y soborno, estableciendo una regulación al respecto y unas normas que deben regir el modo de proceder de todos los profesionales intervinientes en los diferentes supuestos de hecho: regalos, obsequios, atenciones, invitaciones a espectáculos, asistencia a eventos comerciales, donaciones, patrocinios, etc.

Todas estas políticas parten de la consideración de que la inexistencia de corrupción en una determinada conducta, además de cumplir las reglas específicas que cada política recoge en función del supuesto de hecho de que se trate, debe tener una base o inspiración en los siguientes principios:

  • Razonabilidad: aceptación social.
  • Buena fe: honestidad e inexistencia de objetivo de influencia en otra persona.
  • Prudencia: examen de riesgos y consecuencias.
  • Ocasionalidad: situación no habitual o de reducida frecuencia.

En consecuencia, los profesionales de “Pranarôm” no podrán ofrecer o recibir sobornos de ninguna clase, debiendo adecuar su comportamiento y su modo de proceder a las reglas establecidas en las correspondientes políticas derivadas de la regulación anticorrupción, garantizando, de esta forma, la reputación de la empresa ante todos sus grupos de interés.

6.3.- Gestión de conflictos de interés

Siguiendo la terminología de las Normas UNE-ISO, la situación de conflicto de interés se da cuando los intereses de negocios externos, financieros, familiares, políticos o personales podrían interferir en el juicio de los miembros de la organización al llevar a cabo sus tareas en la misma.

Así pues, se trata de una situación de contraposición de intereses que se produce cuando el interés que debe regir la actuación de una persona se ve desplazado, alterado o influenciado por un interés propio o personal, surgiendo la posibilidad de que la forma de proceder de la persona, el desempeño de sus funciones, la asunción de sus responsabilidades y la toma de sus decisiones puedan apartarse de criterios de objetividad e imparcialidad.

Por tanto, el interés que debe regir el desempeño de los profesionales de “Pranarôm”, es decir, el interés de la empresa, nunca debería verse contrapuesto o comprometido por un interés propio o personal, por lo que los profesionales deben desempeñar sus funciones y cometidos con absoluta responsabilidad, dedicación, lealtad y búsqueda de la excelencia, como señalábamos anteriormente en el apartado “Valores fundamentales” y, en concreto, al desarrollar el “Compromiso de calidad y profesionalidad”.

La regulación de los diferentes tipos de conflictos de interés, el modo de proceder ante los mismos y los sujetos que podrían verse implicados, entre otros aspectos, aparecen regulados en la correspondiente normativa interna de gestión de los conflictos de interés.

6.4.- Contratación de profesionales

La incorporación de profesionales a “Pranarôm” se llevará a cabo de acuerdo con criterios de imparcialidad, objetividad y mérito profesional, evaluándose las habilidades, competencias, talento, experiencia y bagaje profesional y, en todo caso, con máximo respeto al principio de igualdad, sin que pueda tener lugar discriminación alguna por razones de nacimiento, raza, sexo, orientación sexual, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

De esta forma, se evitará la comisión de modalidades de soborno ejecutadas por la vía de contratación de personas cercanas a miembros de la organización, así como posibles conflictos de interés, pues estas situaciones supondrían la anteposición de intereses personales en detrimento de los intereses de “Pranarôm”.

6.5.- Integridad de la información financiera y cumplimiento de la normativa fiscal y tributaria

“Pranarôm” manifiesta su firme compromiso de cumplir con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con la normativa fiscal y tributaria que resulte de aplicación, para lo cual se ha elaborado a nivel interno una política de gestión de riesgos fiscales y cumplimiento tributario.

Por otra parte, todas las transacciones diarias se registrarán contablemente, conservando la documentación de respaldo de las mismas en el archivo correspondiente por el tiempo que establezca formalmente la empresa y, en todo caso, por los plazos legalmente establecidos.

“Pranarôm” en ningún caso obstruirá las labores de comprobación y evaluación que pueda llevar a cabo la empresa auditora.

6.6.- Transacciones comerciales y facturación

Las transacciones comerciales están inspiradas en los principios de claridad y transparencia, de tal forma que los profesionales de “Pranarôm” deben velar porque ninguna actuación pueda interpretarse como engaño a terceras personas.

En este sentido, está terminantemente prohibido negociar en nombre de la empresa contratos sin las autorizaciones correspondientes, así como proceder a la enajenación de activos sin los apoderamientos suficientes.

6.7.- Relación con proveedores

La selección, homologación y evaluación de proveedores se llevará a cabo sobre la base de criterios objetivos, tales como características, coste, evolución de precios, servicio postventa, situación económica, formas y plazos de pago, calidad, gestión ambiental, prevención de riesgos laborales, reputación, Compliance, etc., tratando de garantizarse en todo momento un adecuado binomio calidad-precio.

De igual modo, en este ámbito resultará directamente aplicable lo indicado anteriormente respecto a los conflictos de interés, de tal forma que la selección, homologación y evaluación de proveedores debe tener como eje fundamental los intereses de “Pranarôm”, que no deben colisionar en ningún caso con intereses personales de los profesionales, para así afianzar una praxis inspirada en criterios de objetividad e imparcialidad.

A este respecto, serán directamente aplicables las normas contenidas en las políticas reguladoras de los procesos de compras y de la selección, homologación y evaluación de proveedores.

6.8.- Relación con socios de negocio

“Pranarôm” desarrollará con sus socios de negocio una relación en la que primen en todo momento la honestidad, transparencia y confianza mutua, mediante la puesta en común de conocimientos y experiencias que faciliten la generación de sinergias positivas y que redunden en un beneficio recíproco para las partes implicadas.

De igual modo, en este ámbito resultará directamente aplicable lo indicado anteriormente respecto a los conflictos de interés, de tal forma que la selección de socios de negocio debe tener como eje fundamental los intereses de “Pranarôm”, que no deben colisionar en ningún caso con intereses personales de los profesionales, para así afianzar una praxis inspirada en criterios de objetividad e imparcialidad.

6.9.- Relación con clientes

El objetivo de “Pranarôm” es prestar un servicio de máxima calidad a nuestros clientes, lo que no implica solo rigor técnico en la actividad de los profesionales, sino compromiso constante de responsabilidad, dedicación, lealtad y búsqueda de la excelencia, como indicábamos en el apartado de “Valores fundamentales” y, en concreto, al desarrollar el “Compromiso de calidad y profesionalidad”.

Por tanto, todas las actuaciones de nuestros profesionales en este ámbito irán directamente encaminadas al mantenimiento de la reputación ante nuestros clientes, los cuales constituyen uno de nuestros activos de mayor importancia y cuya afectación puede tener consecuencias muy negativas en nuestra organización, partiendo siempre de la consideración de que el mantenimiento de la confianza por parte de nuestros clientes es un elemento de vital importancia que requiere esfuerzo de todos y cada uno de nosotros cada día y en cada actividad.

6.10.- Relación con organismos y Administraciones Públicas

Los profesionales de “Pranarôm” articularán sus relaciones con los organismos y Administraciones Públicas sobre la base de los principios de licitud, cooperación y transparencia, de tal forma que toda propuesta de actuación desleal por parte de cualquier funcionario o Administración Pública debe ser rechazada.

Si bien en ciertos ordenamientos jurídicos están socialmente aceptados, “Pranarôm” prohíbe terminantemente los pagos de facilitación, pues podrían dar lugar a situaciones de corrupción y soborno.

6.11.- Relación con Gobiernos, partidos políticos y sindicatos

“Pranarôm” no llevará a cabo, directa o indirectamente, ni en España ni en otros países, ningún tipo de financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores.

De igual manera, se prohíben las donaciones directas o indirectas a favor de representantes y candidatos políticos, de empresas, organizaciones, asociaciones, fundaciones o grupos de influencia vinculados a partidos políticos, así como las donaciones a favor de sindicatos, empresas, organizaciones, asociaciones, fundaciones o grupos de influencia vinculados a los mismos.

6.12.- Relación con medios de comunicación e información pública

Las acciones desarrolladas en el ámbito de los diferentes canales de comunicación de “Pranarôm”, tales como prensa, radio, televisión, Página Web corporativa, Intranet, redes sociales y profesionales, etc., deberán estar inspiradas en los principios de transparencia, integridad y honestidad.

En este sentido, toda acción comunicativa deberá proporcionar a los profesionales y a los stakeholders información objetiva, clara, fiel, veraz y contrastable, contribuyendo de esta forma al fortalecimiento de la identidad e imagen corporativa y de la reputación de “Pranarôm”.

A nivel interno, los tipos de acciones comunicativas y el modo de proceder para la ejecución de las mismas se contienen en la regulación sobre aprobación de contenidos, comunicación y relación con los medios.

6.13.- Gestión de flujos de efectivo

En la medida de lo posible, “Pranarôm” no realizará, en ningún caso, cobros o pagos en efectivo, salvo que esta sea la única alternativa, en cuyo caso deberá respetarse el límite legal de 2.500€, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. En este caso, la operación deberá ir acompañada de un adecuado soporte documental.

6.14.- Normas de conducta relativas al uso de herramientas informáticas

Los profesionales de “Pranarôm” no pueden hacer uso, sin autorización, de los sistemas y documentos informáticos de “Pranarôm”, así como de aquellos que sean titularidad de terceros y a los que pudiesen acceder en virtud de la labor que realizan.

Asimismo, la utilización de las herramientas y sistemas informáticos debe tener un uso estrictamente profesional.

Como desarrollo de la política de seguridad de la información, “Pranarôm” ha elaborado unas reglas de uso de equipos y herramientas informáticas, con el fin de proceder a su protección frente a amenazas internas y externas o usos indebidos, garantizando, de esta forma, el respeto a la integridad de los recursos informáticos.

En concreto, a nivel interno se lleva a cabo la regulación de aspectos tales como el acceso a los equipos y herramientas informáticas, uso y almacenamiento, mantenimiento, reasignación, devolución y medidas de protección.

6.15.- Uso de la propiedad intelectual e industrial

Los profesionales de “Pranarôm” no podrán descargar programas, herramientas o aplicaciones de Internet sin autorización expresa, ni instalar programas pirateados.

Por ello, todos los profesionales deberán utilizar el software propio de la empresa o aquel respecto del cual tengan autorización por haberse adquirido las correspondientes licencias.

Asimismo, no se utilizarán cualesquiera otros elementos que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial y, respecto, a los cuales “Pranarôm” no tenga autorización de uso.

En consideración a lo indicado, “Pranarôm” se ha dotado a nivel interno de regulaciones específicas en materia de propiedad intelectual e industrial.

6.16.- Normas de conducta relativas al uso de información de terceros

Está terminantemente prohibido incorporar a “Pranarôm” cualquier tipo de información o documentación física o electrónica perteneciente a otra empresa o que se haya obtenido sin el consentimiento de la afectada.

Asimismo, no se podrá revelar, difundir o ceder información de terceras empresas de la cual se tenga conocimiento en virtud de una determinada relación con dicha empresa.

Por supuesto, no se aceptará en ningún caso el uso de información de terceras empresas que pudiera ser confidencial o secreta.

A este respecto y, como desarrollo de la política de seguridad de la información, “Pranarôm” ha elaborado unas reglas de clasificación de la información, con el fin de proceder a su protección frente a amenazas internas y externas o usos indebidos.

6.17.- Defensa de la competencia

“Pranarôm” actuará en los mercados de manera leal, de buena fe y respetando el principio de libre competencia.

Por ello, evitará todo acto susceptible de ser calificado como competencia desleal y toda práctica o conducta predatoria, de carácter colusorio o que implique un abuso de posición dominante.

Asimismo, se abstendrá de realizar cualquier tipo de publicidad que pueda ser considerada como engañosa o que pueda inducir a error respecto a las particularidades, peculiaridades o características de los servicios y productos ofertados.

6.18.- Protección de datos personales

“Pranarôm” respetará de forma absoluta la intimidad personal y familiar de todos los profesionales, garantizando el cumplimiento de todas las medidas de seguridad establecidas en la regulación sobre protección de datos personales, de tal forma que, si exceptualmente se pudiera ver comprometida la seguridad de estos datos, se actuaría de manera ágil, con rapidez, eficiencia y responsabilidad.

Por ello, queda terminantemente prohibido comunicar, revelar o difundir datos personales de profesionales, clientes, proveedores y otros sujetos, incluyendo datos de carácter económico y datos médicos o de salud.

6.19.- Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

“Pranarôm” actúa con el máximo rigor para evitar cualesquiera operaciones, transacciones o actividades de blanqueo de capitales y/o de financiación del terrorismo, garantizando un compromiso firme de cumplimiento de toda la normativa, nacional e internacional, que resulte de aplicación en esta materia.

Por tanto, todos los profesionales tienen el deber inexcusable de prestar especial atención a posibles supuestos en los que existan indicios de falta de integridad por parte de las personas, empresas, entidades u organizaciones con las que se mantienen relaciones comerciales o de negocio.

6.20.- Protección del medio ambiente

“Pranarôm” manifiesta su firme compromiso de llevar a cabo sus actividades en el marco del desarrollo sostenible, minimizando los impactos medioambientales negativos y dando absoluta prioridad a las acciones preventivas frente a las correctivas.

En este sentido, el modo de proceder de la empresa se articulará bajo los criterios de:

  • Compromiso firme de cumplimiento de la legislación y de la normativa medioambiental.
  • Utilización racional y eficiencia en el uso de los recursos naturales.
  • Impacto medioambiental mínimo.
  • Respeto de la biodiversidad.
  • Prevención de actividades nocivas o contaminantes.
  • Protección de ecosistemas.
  • Lucha contra el cambio climático.
  • Preservación de los patrimonios socioculturales, históricos, arqueológicos y arquitectónico.

Asimismo, las relaciones con el medio ambiente se regirán por lo dispuesto en la política medioambiental.

7.- FORMACIÓN Y CONCIENCIACIÓN

Las regulaciones del presente “Código Ético” serán incluidas dentro de los contenidos del Plan de Formación que, desde “Pranarôm”, se lleve a cabo en el marco del Programa de Compliance, con el objetivo de impulsar a nivel corporativo una cultura de respeto a la legalidad vigente y a los valores fundamentales, principios rectores y normas de conducta que conforman nuestro “Código Ético”, lo que, en última instancia, redundará de manera positiva en la salud empresarial de la organización, en el adecuado desarrollo de los procesos de negocio y, especialmente, en el impulso de la marca “Pranarôm” y en la preservación imagen y reputación corporativa ante nuestros stakeholders.

Además, a partir de la fecha de entrada en vigor del presente “Código Ético”, “Pranarôm” dispondrá de un plazo de 15 días laborables para remitirlo a sus profesionales y solicitar la correspondiente firma del Documento de Adhesión recogido en el “Anexo I”.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo que se indicará en el apartado siguiente para el personal de nueva incorporación.

8.- DILIGENCIA DEBIDA RELATIVA AL PERSONAL DE NUEVA INCORPORACIÓN

En aplicación del presente “Código Ético”, “Pranarôm” asume el compromiso de informar al personal de nueva incorporación de la existencia del mismo, de su contenido, de la obligatoriedad de su observancia y de las consecuencias que podrían derivarse de su violación, infracción o incumplimiento.

Para ello, “Pranarôm” entregará este “Código Ético” a los profesionales de nueva incorporación, incluyéndolo, en su caso, dentro del Welcome Pack, lo que contribuirá a que dichos profesionales, desde el instante mismo de su entrada en la organización, tengan conocimiento de los valores fundamentales, los principios rectores y las normas de conducta que deben regir la actuación y el comportamiento de los profesionales de “Pranarôm”, es decir, de los estándares éticos que actuarán como patrones que deben guiar nuestro modo de proceder y nuestra cultura corporativa, evitando la realización de acciones o la toma de decisiones que pudieren generar a “Pranarôm” graves perjuicios, no solo desde un punto de vista legal o económico, sino también de afectación de nuestra marca, imagen y reputación.

En virtud de lo indicado, cualquier persona que se incorpore a “Pranarôm” deberá firmar el Documento de Adhesión recogido en el “Anexo I”.

9.- COMUNICACIÓN DE DUDAS E INCUMPLIMIENTOS

Los profesionales de “Pranarôm” deberán comunicar a través del Canal de Denuncias cualquier violación, infracción o incumplimiento del presente “Código Ético” o de sus correspondientes políticas, procedimientos e instrucciones internas de desarrollo y ejecución, lo que dará lugar a la incoación de un expediente de investigación interna, cuya tramitación se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la “Política de Regulación del Canal de Denuncias”.

Asimismo, podrán plantear cuantas dudas o inquietudes se susciten en relación con la aplicación o el contenido del presente “Código Ético” o de sus correspondientes políticas, procedimientos e instrucciones internas de desarrollo y ejecución.

10.- REGISTRO

En aplicación del presente “Código Ético”, se llevará a cabo un registro de las denuncias y consultas que se planteen en relación con la aplicación o contenido del mismo.

Además, “Pranarôm” llevará a cabo el desarrollo y ejecución del presente “Código Ético” a través de una serie de políticas, procedimientos e instrucciones internas de desarrollo y ejecución, muchas de las cuales establecen también la necesidad de llevar registros propios.

11.- CONSERVACIÓN DE EVIDENCIAS

El presente “Código Ético” requiere inexcusablemente la conservación de toda la documentación que se genere en relación con el mismo, lo cual se deberá llevar a cabo por orden cronológico, tanto en soporte físico como en soporte digital y, además, en este último caso, se deberán realizar las correspondientes copias de seguridad de la información.

En particular, se deberá actuar con especial diligencia para la custodia de la documentación generada como consecuencia de las denuncias planteadas por su posible violación, infracción o incumplimiento, así como de las correspondientes investigaciones internas llevadas a cabo para el esclarecimiento de los hechos.

12.- APROBACIÓN

El presente “Código Ético” ha sido aprobado por el órgano de administración de “Pranarôm” en fecha 22 de junio de 2020.

13.- COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN

El presente “Código Ético” se comunicará y difundirá a los profesionales de “Pranarôm” mediante su publicación en la Intranet corporativa y/o su distribución física o digital entre los profesionales y/o su incorporación en el tablón de anuncios correspondiente.

Esta publicación deberá producirse en los 15 días laborables siguientes a la fecha de aprobación por la el órgano de administración de “Pranarôm”, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior.

14.- ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA

El presente “Código Ético” entrará en vigor y estará vigente desde el día siguiente al de su comunicación o difusión a los profesionales de “Pranarôm”, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior.

15.- CONSECUENCIAS DE LA INFRACCIÓN DEL “CÓDIGO ÉTICO” Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO

La violación, infracción o incumplimiento de las reglas contenidas en el presente “Código Ético” facultará a “Pranarôm” para adoptar frente a sus profesionales las medidas disciplinarias que resulten aplicables, de acuerdo con el régimen disciplinario interno y, en todo caso, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio Colectivo y cualesquiera otras disposiciones en materia laboral que pudieren resultar aplicables.

Asimismo, en relación con los proveedores, socios de negocio, colaboradores y otros terceros, “Pranarôm” podrá dar por extinguidas las relaciones, pactos o acuerdos existentes, comerciales o de otra índole.